ACUERDOS PRIVADOS ENTRE BANCO Y CLIENTE CLAUSULA SUELO

 

ACUERDOS PRIVADOS DE CLÁUSULA SUELO

 

¿PUEDO RECLAMAR?

 

 

Si es uno de los miles de afectados, no dude, en ponerse en contacto con nosotros, desde MORENO Y RUBIO ABOGADOS, podemos ayudarle, somos expertos en este tipo de demandas contra bancos por cláusulas abusivas en préstamos hipotecarios.

Aquellas personas que hayan firmado un acuerdo privado con el banco sí podrán reclamar judicialmente, pues el Alto Tribunal ha considerado que no tiene efectos de cosa juzgada:

“la eficacia vinculante del acuerdo transaccional no puede confundirse con el efecto de cosa juzgada previsto en el art. 222 LEC, y no queda vedada la posibilidad de discutir en sede judicial la validez del contrato de transacción en sí mismo considerado a la luz de las normas que regulan los contratos”.

 

¿ME AFECTA LA SENTENCIA DEL SUPREMO QUE DECLARA LA VALIDEZ DE UN CONTRATO PRIVADO?

 

Desde MORENO Y RUBIO le damos la solución, haciéndole un estudio gratuito de su caso concreto, mediante el cual, analizamos tres cuestiones imprescindibles para conseguir una sentencia estimatoria:

 

  1. La entidad bancaria con la que Ud. firmo el contrato privado.

     

  2. Si el contrato fue manuscrito por el prestatario o redactado por la entidad.
  3. Que cláusulas contiene su contrato privado.

 

El Tribunal Supremo dice en su sentencia, que deben haberse cumplido las exigencias de trasparencia en la transacción alcanzada con el banco. Por lo tanto, tenemos que estudiar si los clientes consumidores, tal y como les fue presentado el acuerdo, estaban en condiciones de conocer las consecuencias económicas y jurídicas de la aceptación de dichos acuerdos privados de cláusula suelo.

Por lo tanto, habrá que analizar en vía judicial si ese acuerdo privado cumplió las obligaciones en materia de transparencia y si el banco informó de las consecuencias económicas, tanto de lo que iba a suponer esa reducción como de los derechos a los que se estaba renunciando por parte de los clientes.

 

¿QUE DOCUMENTOS NECESITO PARA EL ESTUDIO DE MI PRÉSTAMO?

  1. Escrituras de constitución del préstamo hipotecario.
  2. Contrato privado de modificación de condiciones.
  3. Escritura de cancelación (Para el caso de estar la hipoteca cancelada)
  4. Reclamaciones ante la entidad (Para aquellos clientes, que la hubiesen presentado)
  5. Cualquier otro documento que considere de interés.

     

LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA NOS DIO LA RAZÓN

 

En el apartado, procedimientos de interés de nuestra página web, encontrareis la Sentencia de la Audiencia, y podréis leer, los fundamentos mediante los cuales, nuestra Audiencia Provincial de Granada, declara la nulidad de la cláusula suelo y del contrato privado de uno de nuestros clientes, condenando a la entidad a devolver todas aquellas cantidades desde el inicio del préstamo hipotecario, más los interés legales.


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